normativa patinetes eléctricos y monociclos

La conciencia medioambiental aumenta con gestos como el reciclaje que están instaurados en nuestras vidas, la movilidad no iba a quedarse atrás. Coches eléctricos e híbridos, bicicletas asistidas y monopatines eléctricos cada vez se ven más por la ciudad. Sin embargo el uso de patinetes eléctricos y segways, como transporte alternativo no contaminante está comenzando a crear conflictos por la desregulación que aún existe sobre los mismos.

Aunque es legal circular con un patinete eléctrico o un segway, la necesidad de que exista una regulación concreta aumenta, ya que se pueden producir ilegalidades o alegalidades.

Normativa actual sobre patinetes eléctricos

Actualmente en 2016 no existe una legislación específica que regule el uso de patines eléctricos y segways, ni a nivel estatal ni a nivel municipal. Debemos recordar que para la DGT los patinetes eléctricos no son considerados vehículos y en tal caso no es aplicable la normativa de seguridad vial.

Es necesario destacar que cada población está llevando a cabo su propia regulación de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) ya que cada una tiene sus propias necesidades y en muchas comunidades españolas el uso de estos vehículos no está lo suficientemente extendido para que se lleve a cabo una regulación específica.

A pesar de éste hecho, en el año 2012 se llevó a cabo un informe en las Canarias sobre el protocolo de uso de los patinetes eléctricos y segways realizado por parte del cuerpo de Policía Local. En este sentido el municipio que se ha adelantado al resto en cuanto a la regularización de los mismos es Barcelona, donde su uso ya es bastante habitual.

Normativa sobre patinetes eléctricos en Barcelona

El Ayuntamiento municipal aprobó el año 2013 la circulación de patines eléctricos ligeros inferiores a 25Kg mediante Decreto, debían tener una velocidad no superior a 25 kilómetros por hora y un máximo de 80 centímetros de ancho.

En Febrero de 2016 llegó la prohibición de los patinetes eléctricos en la ciudad, mediante el decreto del Ayuntamiento de Barcelona publicado en el boletín oficial sobre Vehículos de Movilidad Personal (VMP) en el que concreta que sólo pueden hacer uso en la vía pública con una autorización otorgada exclusivamente por el Ayuntamiento y con restricción de circulación por zonas específicas. Para el resto de la ciudad los scooter, monociclos, patines eléctricos, segways tenían temporalmente su uso prohibido.

La Comissió d’Ecologia, Urbanisme i Mobilitat en Mayo del mismo año ha realizado una medida de regulación de los VMP donde se detalla las diferentes categorías de vehículos según sus características, las zonas y los locales que se pueden destinar al alquiler y uso de bicicletas, patinetes eléctricos y monociclos en Barcelona.

Este verano desde el Ayuntamiento se repartió un tríptico informando que “la circulación de patinetes a motor estaba prohibida en toda la ciudad por tratarse de vehículos no homologados para desplazarse”.

prohibición patinete eléctrico en Barcelona

Triptico sobre la prohibición de patinete electrico en Barcelona

En la gaseta publicada por el Ayuntamiento el 10 julio aparece en la pagina 279 el siguiente texto:

«El full de ruta del Govern és: procés participatiu i comunicatiu; una estratègia per afrontar aquest estiu 2016, quan encara la regulació no estarà feta; la modificació de l’Ordenança de circulació de vehicles; l’elaboració de la proposta d’ordenació per a cadascuna de les tipologies de ginys, de les rutes per a la seva circulació; l’abordatge d’una definició del règim sancionador; l’elaboració d’un catàleg de vehicles que caldrà actualitzar amb els nous que apareguin; un sistema d’identificació dels vehicles de mobilitat personal i de més de dues rodes; la creació d’un registre, i la modificació de la normativa existent, tant per ordenar la circulació com per ordenar els locals que presten activitats relacionades amb aquests ginys mecanics.»

El gobierno municipal está a favor de los nuevos sistemas eléctricos y ecológicos de movilidad, es consciente de la necesaria urgencia de legislar unos vehículos que aumentan y que han de convivir con peatones y otros vehículos con lo que está dispuesto a regularlos por la posibilidad de que surgan conflictos con el resto de usuarios de la vía pública.

Mercedes Vidal, la concejal de Movilidad, insiste que la norma se ha trabajado conjuntamente con la Generalitat y la Dirección General de Tráfico con el sueño de que éste tipo de desplazamientos en VMP sea un referente en la ciudad de Barcelona. La esperada ordenanza que se estima que entrará en vigor en primavera de 2017 podría estar limitada por nuevas normas para determinadas zonas, como la Barceloneta y zona de playas.

El Consistorio durante este verano 2016 por la masiva acumulación de turistas en las playas de Barcelona se ha avanzado prohibiendo el uso de toda clase de VMP en el paseo marítimo, que comprende desde el puerto Olímpico hasta el hotel Vela, además modificaron las autorizaciones para alquiler concedidas e incrementaron la presión a los que no habían sido homologados. Actualmente también tienen prohibida la circulación los bici-taxis en esa zona, ya que se adhieren a las normas y ordenanzas de circulación propias para bicicletas. El incumplimiento puede acarrear sanciones desde noventa euros hasta mil euros si se agravaba por una actitud incívica.

En Agosto aún estando en vigor el Decreto de prohibición, la Guardia Urbana ha estado informando a los usuarios pero no han sido multados. El tríptico repartido por el Ayuntamiento sin aviso previo indica que la prohibición también incluye los patines eléctricos y demás scooters al no disponer de homologación. En la practica, la restricción de uso actualmente sólo han sido órdenes verbales por parte de los agentes de seguridad indicando las rutas donde se permite la circulación.

Nueva Ordenanza de Circulación para patines eléctricos

El estudio llevado a cabo por el Gobierno Municipal sobre la normativa patinetes eléctricos de Barcelona ha sido acelerado, debido al aumento de VMP que son alquilados a turistas y también para uso propio que ha dado lugar a pequeños incidentes puntuales obligando a la alcaldesa de Barcelona, Ada Colau, regular de manera urgente su circulación.

La regularización incluirá en una nueva Ordenanza de circulación a todos los vehículos de movilidad personal a motor (VMP) que puedan superar los 10Km/h. En éste sentido Mercedes Vidal, concejala de Movilidad, dio a conocer que se ha iniciado la confección de la nueva ordenanza de circulación de los patinetes eléctricos, segways y otros VMP o ciclos de más de dos ruedas con su correspondiente régimen sancionador para quien la incumpla.

La primera fase del Gobierno municipal es el estudio de los diferentes los VMP que comprenderá sus características técnicas para clasificarlos en diferentes tipologías.

El borrador de propuesta que regulará todos los VMP quiere dividirlos en tres categorías según las diferencias de: tamaño, peso, capacidad de frenada, velocidad o peligrosidad.

1- En esta primera categoría están las monociclos de una y dos ruedas (ruedas eléctricas) y patinetes eléctricos de pequeñas dimensiones, podrán hacer su uso en la vía pública de manera exclusiva en carril bici, calles de plataforma única que no tienen desnivel para aceras (donde tienen prioridad los peatones) y parques públicos.

2- En la segunda se comprenden patinetes eléctricos y segways más veloces, que pueden alcanzar velocidades de hasta 30 kilómetros por hora. Tendrán que ir por carriles bici. En calles peatonales se podrá circular por la calzada donde tienen una velocidad máxima permitida de 30 km/h.

3- En la última categoría tenemos a los triciclos de carga de turistas o de distribución de mercancías, sin importar si son manuales con pedales o con pedaleo asistido. Los triciclos turísticos tienen permitido ir en carril bici, calles 30, calles peatonales y por la carretera en calles secundarias (excepcionalmente triciclos de carga que circularán por la acera sólo en el caso de entrega o recogida de mercancía en la zona).

Las calles 30 (o zona 30) son un área para circulación de vehículos matriculables donde la velocidad máxima es de 30 km/h. Normalmente señalizada en el suelo de la vía por un numero 30 dentro de un círculo puede comprender desde una sola calle, a un conjunto de ellas, un distrito o incluso un barrio completo.

Por supuesto no pueden transportar objetos que les dificulten la maniobra o la visión, ni utilizar auriculares conectados a reproductores de música mientras se conduce.

Los técnicos del estudio han tenido en cuenta además la conveniencia de algunos modelos por determinados lugares (como aceras, carriles bici, paseos, parques públicos, andenes, …), a qué velocidad lo hacían y cuáles eran los condicionantes (normativa de convivencia, sentido de la marcha, …). En segundo lugar se decide cómo y dónde pueden circular, así como localizar lugares en la vía pública donde puedan estacionar.

caracteristicas-tecnicas-vehiculos-electricos-patinetes

Dicho borrador hace hincapié en poseer un seguro y registro obligatorio (con su correspondiente placa identificativa) para cualquier vehículo eléctrico si el uso está destinado a alquiler o turístico. En todos los casos se prevee obligatorio utilizar casco para conducirlo.

Estos vehículos de movilidad personal (VMP) que actualmente transitan por las aceras estarán prohíbidos si se tiene 16 años o menos. Ésta propuesta está presentada el 8 de Noviembre 2016 por el gobierno y pretende echar de las aceras de Barcelona a los VMP y obligarles a circular exclusivamente en carril bici o en la calzada de vehículos normales por calles 30 o secundarias.

El uso de éstos vehículos no está autorizado dentro del metro, aunque si es posible actualmente (excepto en horas punta) transportar nuestro vehículo en metro pudiendo arrastrarlo o cargarlo en zonas de paso.

Se abre el debate entre vecinos, empresas afectadas y autoridades

Una decena de empresas que ofertan alquiler de estos vehículos eléctricos se quejan por que disponen de tours para turistas, de echo es uno de sus servicios más demandados, recorriendo la playa de la ciudad, el Barrio Gótico o la Vila Olímpica. Aunque la medida pretende contentar y liberar a los vecinos de la acumulación de estos VMP en la zona del litoral marítimo, enoja a empresarios que además se les requerirá un nuevo permiso de circulación para sus servicios de alquiler.

«Es una medida provisional mientras se avanza en el proceso para consensuar la ordenación de vehículos de movilidad personal y los ciclos de más de dos ruedas en toda la ciudad», informa el Consistorio.

Explica la presidenta de la BETTA (Asociación de Transporte Turístico Ecológico de Barcelona), Svetlana Molokhova, que la entidad representa a más de 33% de negocios del sector que trabajan en Barcelona enfocado al turismo.

La entidad BETTA cree de urgente necesidad una nueva regulación que acoja a todos los VMP del sector, tanto de alquiler como de compra venta para uso particular. Aunque el actual Decreto es algo temporal hasta que vea la luz una nueva ordenación de los VMP en Barcelona, avisa de que la falta de control es lo que altera la convivencia de los vecinos donde han aparecido empresas low cost que inundan el espacio público con éstos vehículos de alquiler sin ninguna homologación. Manifiesta: “empresas ‘piratas’ sin autorización, ni licencia que incumplen la normativa perjudican a todos los que si la cumplen, especialmente en Ciutat Vella, donde se concentra la mayoría de locales de alquiler de estos vehículos eléctricos».

“Además de la inseguridad jurídica, esto ha producido prácticas poco acertadas por parte de agentes de la Guardia Urbana, que al desconocer los detalles técnicos de la normativa, ha llegado a confiscar vehículos conducido por usuarios de forma inapropiada. ¿Porqué las consecuencias recaen sobre la empresa, a diferencia de una empresa de alquiler de coches, en la cual el usuario final es el único responsable del uso indebido del vehículo?”, apuntaba indignada Molokhova, presidenta de BETTA.

Regular y clasificar todos los vehículos eléctricos del mercado no es tarea fácil y requiere de una compleja e innovadora «Ordenanza de circulación para peatones y vehículos» que tenga en cuenta no sólo a los actuales turistas y propietarios de estos vehículos en Barcelona, sino también en el resto de España ya que no hay precedente y quizás sea la base para una nueva normativa de carácter estatal.
El proceso de debate empieza por los afectados para aportar sus opiniones y necesidades para que la propuesta pueda contar con el máximo número de personas a favor, por lo que se reúnen para crear el borrador definitivo con entidades del sector, grupos municipales, asociaciones, etc…

La reivindicación en la Barceloneta divide al barrio, los apartamentos turísticos si eran una molestia importante pero estos vehículos no. Es un echo que cada vez se ven más y van como las bicicletas por donde quieren pero, ¿acaso no lo hemos hecho todos en bici cuando eramos críos?, opina Modesto García, vecino de 75 años. Otro vecino Paco, con más edad que Franco, opina igual “Se ve que este año hay más negocio. A mí no me fastidian, que los jóvenes se diviertan el tiempo que les quede. Hay gente que es muy delicada…”.

El dependiente de un local cercano de alquiler de estos vehículos explica que “En gran parte los clientes son familias y en algunos casos grupos de jóvenes, … yo me fijo antes de alquilar, por el bien de los vecinos y de nuestros patinetes. Si tienen pinta de que van a liarla, les digo que tengo todas las baterías descargadas”.

Atentos a las listas de Reyes Magos para los niños menores, el borrador de la ordenanza que se está trabajando en Barcelona les prohibe circular en ruedas eléctricas, monociclos autobalanceados tipo segways o patinetes eléctricos hasta los 16 años.

No obstante, hay muchas ciudades que no tienen normativa de patinetes eléctricos

Entre ellas la ciudad de Madrid que a pesar del abundante uso de estos vehículos, no ha creado aún una normativa específica que lo regule. En el caso de aquellas ciudades donde no existe un reglamento específico, se toma como referencia las normas de la DGT que puede aludir a los patinetes eléctricos y segways.

 

Por último, hablaremos de la posibilidad de matricular un patinete eléctrico, ya que éstos no tienen la condición de vehículo, son pocas las personas que han optado por matricular su patinete, pero incluiremos en nuestro atículo lo necesario para ello.

Tener un patinete eléctrico homologado implica que éste se ajuste a lo recogido en la normativa 92/61 CEE, la cual hace referencia a los vehículos de dos y tres ruedas. Una vez consiga que su patinete esté de acuerdo con las características requeridas en dicha normativa, podrá ser matriculado y tener consideración de ciclomotor.

El mundo de los transportes está evolucionando cada vez a mayor velocidad. Es por ello que cobra una gran importancia el conocer todas las normativas, reglamentos y legislaciones que puedan afectarnos a la hora de usar dichos transportes. La última palabra siempre la tiene la administración local de la zona, en Barcelona se está esclareciendo pero para el resto de poblaciones es recomendable informarse en la administración local de la zona donde se reside.